Descarga del modelo de solicitud
La dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o diversidad funcional necesitan la atención de otra persona para poder realizar las actividades básicas de la vida y apoyos para tener una vida autónoma.
Requisitos
Los especificados en el artículo 5 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como residir y estar empadronadas en cualquier municipio del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha a la fecha de presentación de la solicitud.
Los motivos, para poder solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia, pueden ser la edad, enfermedad o discapacidad, asociadas a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial. La situación de dependencia tiene que ser de carácter permanente.
Descripción del procedimiento
El procedimiento tiene dos fases que coinciden con dos resoluciones administrativas. La primera establece el grado de dependencia del solicitante (Grados I, II o III). La segunda resolución le reconoce el derecho a determinados servicios o prestaciones (Programa Individual de Atención).
Para poder solicitar el reconocimiento de la situación de Dependencia y del derecho a las Prestaciones del Sistema, deberá cumplimentar y registrar la solicitud correspondiente y presentarla en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social y demás registros y oficinas autorizadas, o a través de la sede electrónica del Gobierno de Castilla La Mancha. La solicitud debe ir acompañada de informe de salud, que debe realizar su médico de atención primaria; también pueden realizar esta tramitación a través de los Servicios Sociales de su localidad, que les informarán y ayudarán a cumplimentarla.
Una vez hayan presentado la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia, desde el Servicio de Dependencia de la Delegación Provincial de Bienestar Social de su provincia de residencia, les citarán, desplazándose a su domicilio un profesional del equipo de dependencia para valorar su capacidad para llevar a cabo las actividades de la vida diaria. Una vez efectuada esta valoración, junto con el análisis de los informes de salud que hayan presentado, se les informará a través de una resolución si se le reconoce o no grado de dependencia, y en caso de reconocérselo si es Grado I, II o III.
Posteriormente, los Servicios Sociales de su localidad o el equipo de dependencia de su provincia se pondrán en contacto con usted, para valorar su situación sociofamiliar, escuchar su opinión y de acuerdo a su grado de dependencia estudiar el recurso más idóneo para cubrir sus necesidades de atención.